Tus comentarios
Esta fue una de las propuestas que salió en el debate, porque se comento que el contrato no era igual que los pliegos.
Sí, se había colado aquí un comentario de otro punto.
Ha habido un error y hemos repetido esta. Sumaremos los votos y comentarios de este debate y el del punto 6 al final del proceso. Gracias por avisar!
Estupendo. Sería algo así como:
"Tiempo de ejecución final y desvío sobre lo planificado en contratos de obras, además de ampliaciones de plazo, suspensiones o infracciones y multas impuestas en caso de demora".
¿Cómo lo veis?
Me parece estupendo. ¿Las órdenes de liquidación se firman en cualquier tipo de contrato y en todas las AAPP?
Totalmente de acuerdo. Nos referimos a la información que no sea puramente de trámite. En el contrato que os ponía del Congreso, se da información nueva y no se publica. Por eso creo que es importante que se aclare. ¿Os parece bien que lo redactemos así?
"Toda la información adicional que no esté en los pliegos y que se de a los licitadores durante el proceso, excluyendo dudas meramente técnicas sobre el trámite de licitación (dónde presentar, fechas limites...).
Exacto. Y es algo que no se nos había ocurrido hasta que se propuso en la mesa de debate del otro día.
En algunas ocasiones el argumento que nos han dado en contra es la protección de datos personales de los empleados públicos. Los sindicatos, parece, estaban bastante en contra de esta medida. Pero desde Civio creemos que publicar el nombre de un empleado público que toma una decisión no afecta a la protección de datos personales.
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Pero si dejamos a las empresas decidir qué es confidencial van a marcar todo como confidencial, que es lo que suele pasar. Lo que hemos planteado es que se tenga que justificar que haya datos confidenciales (a veces, en la parte subjetiva, se incluyen elementos que no afectan a propiedad intelectual, por ejemplo). Dejar esa decisión en manos de las empresas me preocupa, la verdad.